CONSIGNAS:
En base a la sentencia de apertura que luce al pie, deberán llevarse a cabo las labores propias de la Sindicatura. Tales como:
- Carta a los acreedores.
- Oficios varios.
- Informes.
Supuestos del caso:
- La presentación en concurso fue el 28-12-2009.
- El nombre del Síndico es Juan Pablo, con domicilio en calle Paz 1012.Tandil.
Auto de Apertura Concurso
Tandil, 19 de o de 2010.-
AUTOS Y VISTOS Y CONSIDERANDO:
I) Que a fs. 1195/1.202 se presenta AGUSTIN COMPUTACION S.R.L. a través de sus letrados apoderados Dres. OSVALDO RICARDO y OSVALDO MARTIN solicitando la apertura de su Concurso Preventivo.-
II) Que a juicio del suscripto se halla acreditado "prima facie" con la documentación acompañada el cumplimiento de los recaudos del art. 11 de la L.C. para la apertura del concurso preventivo solicitado,
POR ELLO, conforme artículos 1, 2, 3, 5, 9, 10, 11, 12, 14, 25, 27, 28, 288 y 289 ss y ccs. de la ley 24.522
FALLO:
A) Declarando abierto el concurso preventivo de AGUSTIN COMPUTACION S.R.L. CUIT. 30-70836706-7 con domicilio real en Constitución 153 de la ciudad de Tandil y con domicilio procesalmente constituido en 14 de julio 742 de la ciudad de Tandil. A efectos de una adecuada identificación, los edictos a publicarse deberán contener la indicación de todos los domicilios referidos.
B) Decretando la la inhibición General de Bienes de la concursada, librándose a tal fin los oficios correspondientes a los Registros de la Propiedad, los que deberán reunir los recaudos del art. 228 del CPCC. (art. 14 inc. 7º de la L.C.)
C) Designar audiencia para el día 2/03/2010 para la desinsaculación de un Contador Público de la lista de sorteos del Juzgado para que ejerza el cargo de Síndico.-
D) Fijar el plazo de cinco (5) días a contar desde la primera publicación de edictos dentro de los cuales el Síndico debe enviar a los acreedores denunciados por el concursado a su cargo, carta certificada comunicando la apertura del presente concurso con las formalidades de ley (art. 29 de la L.C.).-
E) Mandar publicar edictos por el plazo de cinco días en el BOLETIN OFICIAL y en el diario "EL ECO DE TANDIL" los que serán confeccionados por el concursado. Debiendo cumplirse la publicación dentro del plazo de 5 (cinco) días de aceptado el cargo por el Síndico ello en razón de la lógica demora que el sorteo y la comunicación imponen. Asimismo se deberá acreditar, en autos, el cumplimiento de lo ordenado dentro del plazo de cinco días de realizada la primera publicación, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la presentación concursal (art. 27, 28 y 30 de la L.C.)
F) Fijar fecha tope para la presentación de las peticiones de verificación de créditos y de los títulos justificativos para el día 9/04/2010 ante la Sindicatura. El deudor y los acreedores podrán concurrir ante el Síndico a revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y/u observaciones respecto de las solicitudes presentadas dentro del plazo legal previsto por el art. 34 de la L.C.-
G) Fijar como fecha tope para la presentación por parte de la Sindicatura del Informe Individual de Créditos el día 10/05/2010 y del Informe General el día 30/06/2010 .-(art. 35 y 39 de la LC).-
H) Hacer saber a la Sra. Angélica Gutierrez, socio gerente de "AGUSTIN Computación S.R.L" que no podrá viajar al exterior sin previa comunicación al Juzgado, o expresa autorización en el caso del art. 25 in fine de la LC.-
I) Suspender los actos de ejecución forzada y las actuaciones judiciales con contenido patrimonial que existieran pendientes contra el concursado, debiendo remitirse las mismas a éste Juzgado conforme lo dispuesto por el fuero de atracción concursal (art. 21 de la LC), con debida notificación de acreedores y martilleros intervinientes en caso de que los hubiera. A tal fin, líbrense los oficios correspondientes, los que se diligenciarán con habilitación de días y horas inhábiles (art. 153 del C.P.C.C.).-
J) Líbrense las planillas pertinentes al Registro de Juicios Universales y Registro de Concursos para que anote la apertura del presente juicio y para que informen sobre la existencia de concursos anteriores (art. 14 inc. 7º L.C.)
K) Intimar a la concursada para que dentro del plazo de tres (3) días de notificada la presente deposite en autos la suma de PESOS 1.200 para los gastos de correspondencia bajo apercibimiento de ley (art. 14 inc. 8º de la L.C.) y presente en el Juzgado los libros que lleven referidos a su situación económica a efectos de que por Secretaría se cumpla con lo previsto en el art. 14 inc. 5ª de la L.C.-
L) Formar el respectivo legajo (art. 279 de L.C.)
M) Correr vista al Síndico por el plazo de diez días , el que se computará a partir de la aceptación del cargo a fin que se pronuncie , previa auditoría de la documentación legal y contable; acerca de la existencia de créditos laborales comprendidos en el pronto pago y de la situación futura de los trabajadores en relación de dependencia; y asimismo emita informe mensual sobre la evolución de la empresa, existencia de fondos líquidos disponibles y cumplimiento de normas legales y fiscales (art. 14 inc. 11 y 12 de la LC). Facultar a la Sindicatura, a los fines de la eventual formación de los incidentes de verificación, a extraer de la causa la documental que se haya agregado con la petición de apertura, todo ello bajo recibo.
N) Hacer saber que todas las notificaciones del trámite se ajustarán a lo normado por el art. 273 inc. 5° de ley 24.522.-
Ñ) De conformidad con lo normado en el art. 273 inc. 8° de la LC, los oficios aquí ordenados se diligenciarán sin previo pago de aranceles, tasas y otros gastos. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.-
DRA.. MS J U E Z
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